Durante su primera Cuenta Pública, el Presidente José Antonio Kast anunció el "Plan de Abandono Voluntario" que consiste en un mecanismo excepcional dirigido a personas extranjeras que se encuentren en Chile en situación migratoria irregular.
A esta iniciativa gubernamental podrán optar quienes ingresaron al país por paso no habilitado o eludiendo el control migratorio y quienes ingresaron como titulares de permanencia transitoria, pero permanecen con el plazo vencido.
Los beneficios de la instancia son variados: dejar el país sin una sanción migratoria económica, sin expulsión ni prohibición de ingreso en caso que haya entrado por paso no habilitado y la revocación del proceso de expulsión fundada únicamente en el ingreso irregular y si cumple con salir de Chile en los plazos establecidos.
Por ello, el director regional (s) del Servicio Nacional de Migraciones en Valparaíso, Daniel Baltra, hizo un llamado a "informarse por los canales oficiales respecto del "Plan de Abandono Voluntario" del país de las personas extranjeras que ingresaron por un paso no habilitado o mantienen vencido su permiso de permanencia transitario, con el objeto de que salgan del territorio nacional sin sanción, tramite que se realizará en la plataforma de este Servicio y el cual es gratuito".
Cabe señalar que si tiene arraigo familiar con hijo, cónyuge, conviviente civil, padre o madre chileno, o bien, vínculo con un extranjero con residencia definitiva, o quienes cuenten con un contrato vigente, podrán presentar una solicitud previa de residencia temporal antes de abandonar el país, solicitud que se activa al dejar Chile.
El organismo también precisó que para realizar el trámite se debe acreditar identidad mediante pasaporte, documento nacional de identidad vigente o no vigente, salvoconducto consular o título de viaje, según corresponda.
Importante es tener en cuenta que el proceso es completamente gratuito y que sólo se realiza a través de la plataforma del Servicio Nacional de Migraciones, que verificará la admisibilidad de la solicitud. El plazo es de 180 días corridos desde la apertura de la plataforma en la web del Sermig, la cual será comunicada oportunamente y posterior a la tramitación de las resoluciones respectivas.
Una vez finalizado el periodo del programa, quienes no se acojan al mecanismo quedarán sujetos a las sanciones administrativas correspondientes, incluida la expulsión del territorio nacional.
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