Juzgado de Puerto Montt rechaza internación provisoria de cuatro adolescentes imputados por robo e incendio en colegio

El tribunal declaró ilegal la detención y decretó arraigo nacional y vigilancia del Servicio de Reinserción Social Juvenil para los jóvenes, acusados de sustraer especies y provocar un millonario incendio en el Colegio Bicentenario de Alerce.

El Juzgado de Garantía de Puerto Montt dejó sujetos a las medidas cautelares de arraigo nacional y sujeción a la vigilancia del Servicio de Reinserción Social Juvenil a cuatro adolescentes imputados por el Ministerio Público como autores de los delitos consumados de robo en lugar no habitado e incendio. Ilícitos perpetrados este lunes en esa ciudad.

En la audiencia de formalización, el magistrado Rolando Díaz Coloma, declaró ilegal la detención y rechazó la internación provisoria solicitada por el Ministerio Público. Además, fijó en 120 días el plazo de investigación.

Al denegar la cautelar solicitada, el magistrado sostuvo que: “La petición del Ministerio Público viene necesariamente vinculada a la imputación por el delito de incendio; sin embargo, no hay presupuesto material respecto del hecho”.

Y explicó que “el hecho tiene que determinarse sobre la causa y el origen del incendio, no se ha expuesto que se sepa que el incendio es por acción de terceros o si (…) obedece a algún otro fenómeno (…) la necesidad de poder establecer entonces el origen del incendio, supone poder establecer la concurrencia de un hecho ilícito”.

Asimismo, tuvo presente que los cuatro adolescentes: “(…) tienen irreprochable conducta anterior y, además, la pena del delito de incendio, incluso cuando existan antecedentes, va desde la internación en régimen cerrado, pero también pasa por la libertad asistida con internación parcial y libertad asistida especial”.

Y agregó el magistrado que “tendríamos que discutir por qué en este caso en particular respecto de cuatro personas sin antecedentes anteriores y sobre la base de cierto comportamiento procesal que todavía no conocemos, debiese optarse por la penalidad más alta que establece el régimen jurídico y no por una distinta, aun cuando existe una segunda imputación que resultare compatible también con la internación parcial y con la asistida simple y especial”.

“Consecuentemente con aquello, no concurriendo presupuesto material para el delito más grave, no concurriendo ni de la letra a) ni de la letra b) del articulo 140 (CPP), no concurriendo necesidad de cautela en particular para el caso de marras, se rechaza la petición cautelar del Ministerio Público”, concluyó el juez.

En la audiencia, además, el tribunal declaró inadmisible la apelación verbal que realizó la fiscalía ante el rechazo de la medida cautelar de internación provisoria de los adolescentes.

“(…) Conforme a la regla del artículo 5 del Código Procesal Penal, tratándose de una regla que no puede ser aplicada en forma analógica, no contando el Ministerio Público con un recurso de apelación verbal que pueda interponerse contra esta medida cautelar, se declara inadmisible el recurso”, resolvió el juez.

Según el ente persecutor, aproximadamente a la una de la madrugada del lunes, los imputados, de entre 14 y 16 años, concurrieron hasta el Colegio Bicentenario de Alerce, ubicado en la Ruta V-615, a la altura del kilómetro 3,7 del sector La Colonia, en la comuna de Puerto Montt, procediendo a escalar el cerco perimetral para ingresar al interior de establecimiento, para sustraer diversas especies; tales como: cinco bolsas de guantes, cuatro limpiadores en crema, una bolsa de paños multiuso, un extintor, dos teclados de aire, un bolso con cinco cuadernos y dos parlantes.

Antes de huir del lugar, los imputados habrían ocasionado un incendio que provocó daños estructurales totales, avaluados en más de $500.000.000.

PURANOTICIA