Superintendencia del Medio Ambiente formula cuatro cargos contra Minera Ojos del Salado por socavón en Tierra Amarilla

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) presentó cargos contra la Minera Ojos del Salado por el socavón registrado en Tierra Amarilla, región de Atacama.

El superintendente Emanuel Ibarra precisó que la institución fiscalizadora formuló cuatro cargos en contra de la compañía, arriesgando una multa de hasta casi $13 mil millones e incluso «la clausura del proyecto o la revocación de su permiso ambiental».

«En este caso, la Superintendencia de Medio Ambiente y el Departamento de Sanción y Cumplimiento levantó cuatro cargos, uno grave, uno gravísimo y dos leves, que se asocian a la existencia de este socavón, principalmente porque se acusa a la empresa, se le imputa, la sobre extracción de materiales en la zona y también por generar infraestructura minera en lugares que no estaban evaluados ni autorizados«, precisó a través de una declaración pública.

Ibarra agrega que «esto habría generado un daño ambiental en el acuífero del río Copiapó porque producto del socavón se está generando actualmente una entrada de agua hacia la mina, que no estaba considerada en la evaluación ambiental».

«La Superintendencia va a seguir adelante con este procedimiento», dijo, apuntando que «la empresa tiene 10 días para presentar un programa de cumplimiento en aquellos cargos que se pueda hacer y 15 días para presentar sus defensas«, expresó el superintendente.

En cuanto al tipo de infracciones, la minera puede ser objeto de multas de hasta mil UTA (Unidades Tributarias Anuales). Para las vulneraciones graves, se pueden recibir multas hasta por 5 mil UTA y clausura o revocación de la RCA (Resolución de Calificación Ambiental).

Sobre los incumplimientos tildados como «gravísimos«, se arriesga la revocación de la RCA, clausura o multa de hasta 10 mil Unidades Tributarias Anuales. Así, la empresa arriesga una multa total de hasta 17 mil UTA, lo que se traduce en más de $12.300 millones.

«Con esta formulación se abre un procedimiento donde deberá ponderarse la visión de la comunidad; la de la Municipalidad que es parte interesada en el caso; y las defensas que presente la empresa, para luego de ello tomar la decisión y determinar las sanciones que corresponde aplicar», cerró Ibarra.